Aduana y Ministerio de Finanzas y Precios cubanos dictan nuevas disposiciones
A partir del 1ro. de septiembre de 2014, entrarán en vigor las resoluciones 206; 207; y 208, todas del Jefe de la Aduana General de la República y la Resolución 300, de la Ministra de Finanzas y Precios, relacionadas con:
- Límite de las cantidades de productos para determinar el carácter comercial de las importaciones que realizan las personas naturales;
- Listado de valoración en aduana para las importaciones sin carácter comercial;
- Alternativa Valor/Peso, para la determinación del valor en Aduanas (ad valorem), de los artículos que clasifican como miscelánea, que se importen por personas naturales mediante envíos aéreos, marítimos, o por la vía postal o de mensajería; y
- Exenciones y tarifas del Arancel para los envíos sin carácter comercial destinados a personas naturales.
Las nuevas regulaciones dejarán sin efecto las actuales resoluciones relacionadas con estos temas y se proponen ajustar las cantidades de productos y la valoración en aduanas, para contrarrestar las acciones de importación con fines comerciales.
Las resoluciones emitidas, tienen el fin de contribuir a la orientación de las personas naturales en cuanto a sus derechos y obligaciones en las importaciones no comerciales que realicen como pasajeros o a través de envíos.
Todo viajero o persona natural destinatario de envíos, ya sean postales, aéreos o marítimos, que se ajuste a las disposiciones establecidas para las importaciones no comerciales, por una u otra de estas vías, no es sujeto de aplicación de medida administrativa.
La entrada en vigor de estas nuevas disposiciones, no atenta contra el cruce ágil por frontera de los pasajeros que se ajusten a lo establecido para este canal. De igual forma, se viabiliza el despacho de los envíos, cuando se corresponden a las regulaciones establecidas.
Con información de la Aduana General de la República