¿Cómo, cuándo y dónde prorrogar el pasaporte cubano?

alina
21 October 2016 9:44am

El Reglamento de la Ley de Migración cubana establece en su artículo 24 que “El Pasaporte Corriente es válido por dos años, prorrogables por igual término hasta un total de seis años. Las prórrogas se solicitan ante las oficinas de trámite del Ministerio del Interior o ante las representaciones diplomáticas o consulares u otras oficinas cubanas expresamente autorizadas”.

Las referidas prórrogas pueden ser solicitadas durante los 6 meses anteriores al vencimiento del término de vigencia.

Los cubanos residentes en el territorio nacional solicitan la prórroga directamente en las oficinas de trámite del Ministerio del Interior.

Los residentes en el exterior lo harán en los correspondientes Consulados cubanos directamente o a través de agentes autorizados. Encontrándose de visita en Cuba podrán prorrogar su pasaporte a través de las Consultorías Jurídicas Internacionales, adjuntas al Ministerio de Justicia.

Cursado el término de dos años sin prorrogarse el pasaporte (dentro de los 6 totales) la persona podrá hacerlo con carácter retroactivo en cualquier momento.

Los cubanos sin su pasaporte vigente (válido) no podrán salir o ingresar al territorio nacional.

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