Más allá de la profesión, la Ley de Comunicación Social es para la sociedad

Josefina Pichardo
10 June 2024 8:17am
De izquierda a derecha, Humberto Fabián Suárez, miembro de la Comisión Redactora de la Ley; Onelio Castillo, vicepresidente del ICS; Rosa María Pérez, presidenta de la ACCS; y Ricardo Ronquillo, presidente de la UPEC.

Luego de un amplio proceso de debates, Cuba cuenta ya con la Ley 162 “Ley de Comunicación Social”, aprobada en mayo de 2023 por la Asamblea Nacional del Poder Popular en su décima legislatura y publicada en la Gaceta Oficial Ordinaria No. 048 de 2024 de fecha 5 de junio de 2024, junto a sus decretos complementarios 101/2024 Reglamento de la Ley 162 “Ley de Comunicación Social” y 102/2024 Reglamento para el ejercicio de la publicidad y el patrocinio.

La presente Ley tiene como objeto regular el Sistema de Comunicación Social y establecer los principios de organización y funcionamiento para todos los medios de comunicación social; y, junto a los decretos, es de aplicación a organizaciones, personas naturales y jurídicas, cubanas y extranjeras, que residan o transiten por el territorio nacional.

Es de interés en la esfera de la actuación mediática, que los contenidos no pueden subvertir el orden constitucional, instigar el terrorismo y la guerra; estimular la pornografía, la prostitución o uso de drogas; ni difamar, calumniar o injuriar a personas o entidades. Asimismo, establece que los medios de prensa extranjera y sus corresponsales, para realizar trabajos periodísticos en Cuba, de manera permanente o temporal, tienen que acreditarse ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Respecto a la publicidad en el turismo, este cuerpo legal establece que tiene que respetar y promover la identidad histórica y cultural del pueblo cubano, reconocer los atractivos patrimoniales y naturales del país, y potenciar el conocimiento y la imagen de productos, servicios, marcas, bienes culturales y destinos turísticos.

En tal sentido, los anunciantes de servicios turísticos y otros productores de mensajes publicitarios destinados al turismo tienen la responsabilidad de proteger las legítimas expectativas del turista; ofrecer información veraz sobre le destino; brindar información fidedigna que deba conocer el cliente antes de adoptar su decisión de compra; cumplir la promesa básica de satisfacción que expresa el anuncio, entre otros aspectos.

La presentación oficial de la normativa legal y su marco regulatorio se hizo en conferencia de prensa, que tuvo lugar en la Sala Ernesto Che Guevara del Instituto de Información y Comunicación Social (ICS), cuya introducción estuvo a cargo de Onelio Castillo Corderí, vicepresidente del ICS y miembro de la Comisión Redactora, quien enfatizó que “estamos en presencia de una ley histórica sin precedentes, no es una ley gremial, es para la sociedad (…) una disposición normativa que tiene un carácter inédito; no ha existido en Cuba y no existe en prácticamente ningún lugar del mundo una norma que tenga una conceptualización del proceso de comunicación”.

Aclaró que la normativa “tiene detrás articuladamente un consenso logrado entre la academia, las organizaciones profesionales y la sociedad, elemento muy importante y un punto a favor que, sin lugar a dudas, contribuirá decisivamente al auge de su implementación (…) tiene el espíritu del diálogo y respalda la voluntad de la nación que define a la comunicación social como un pilar de su desarrollo”.  

Sobre el proceso previo de análisis, en el que participaron profesionales de diferentes campos del saber de la comunicación, explicó que la Ley fue “elaborada a partir de un amplio consenso con la participación de más de siete mil expertos y de un proceso de debates que permitieron elevar su alcance y ensanchar sus fronteras normativas (…) los reglamentos también han vivido un amplísimo proceso de elaboración colectiva de conciliación con diferentes organismos de la Administración Central del Estado, organizaciones, la academia y expertos en materia jurídica”.

Por su parte, Humberto Fabián Suárez, miembro de la comisión redactora de la Ley de Comunicación Social y presidente del Consejo de la Marca País, se refirió al Decreto 102 sobre el ejercicio de la publicidad y el patrocinio en todas las actividades del país, y aclaró que cuando se refiere a publicidad se trata de comunicación con fines comerciales.

La presidenta de la Asociación Cubana de Comunicadores Sociales, ACCS, Rosa María Pérez Gutiérrez, expresó que la normativa legal impulsa el desarrollo de la mercadotecnia, la publicidad y la propaganda con una visión científica y académica, e incentiva los procesos instructivos en el campo profesional y también en el educativo.

Los periodistas y la Unión de Periodistas de Cuba, UPEC, se sienten “regocijados” con este cuerpo legal, al decir de su presidente, Ricardo Ronquillo Bello, pues cierra un ciclo de décadas de trabajo y empeño de periodistas y comunicadores, “somos beneficiarios de esta ley, no solo constructores” y destacó que en ella están presentes los preceptos establecidos por la academia cubana.

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