Cuba reorganiza su Administración Central en 20 ministerios

Redacción Exce…
03 November 2026 8:16am
Cuba reorganiza su Administración Central en 20 ministerios

El gobierno de Cuba publicó este lunes 2 de noviembre en la Gaceta Oficial de la República la Ley 186, una norma que reorganiza la Administración Central del Estado y establece una estructura de 20 ministerios, en sustitución del esquema anterior compuesto por 23 ministerios y cuatro institutos nacionales.

La legislación determina el número, la denominación, la misión y las funciones de los ministerios y demás organismos de la Administración Central. También regula las estructuras de dirección, las entidades subordinadas o adscritas a cada ministerio y las representaciones territoriales de estas instituciones.

Entre las carteras que integran la nueva estructura figuran Agricultura y Alimentación; Comercio e Inversión Extranjera; Economía y Finanzas; Educación Superior, Ciencia e Innovación; Medio Ambiente, Hábitat y Recursos Hidráulicos; e Industrias y la Construcción.

El rediseño institucional contempla además dos cambios de rango y denominación. El Ministerio de Deportes y Recreación sustituye al Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación, mientras que el Instituto de Información y Comunicación Social adquiere rango ministerial y pasa a denominarse Ministerio de Información y Comunicación Social.

La Ley 186 mantiene sin cambios las estructuras que el texto califica como estratégicas. Entre ellas se encuentran los ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, Interior, Relaciones Exteriores, Salud Pública, Turismo, Energía y Minas, Justicia, Transporte, Educación, Cultura, Comunicaciones y Trabajo y Seguridad Social.

El Banco Central de Cuba queda integrado a la Administración Central del Estado, junto con aquellos organismos a los que una ley o un decreto-ley confiera esa condición.

La norma concede un plazo de hasta un año, contado desde su entrada en vigor, para ejecutar los movimientos organizativos y transferir los recursos humanos, materiales y financieros a las entidades que asuman las funciones y atribuciones reasignadas.

Conforme a la disposición final décima, la Ley 186 entrará en vigor siete días después de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.

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