Cuba: Nuevo Reglamento para la Actividad de Agencias de Viajes

Redacción Exce…
08 June 2021 6:17pm

El Ministerio de Turismo de Cuba (Mintur) aprobó un nuevo reglamento para la actividad de las agencias nacionales de viajes, con el objetivo de establecer las normas y requisitos que regulan la actividad de dichas entidades.

La Resolución 132/2021, publicada desde este lunes 7 de junio en la Gaceta Oficial, número 46 (Extraordinaria), estipula el carácter único de esas entidades para realizar gestiones como la emisión, recepción y atención de viajeros, la representación de turoperadores extranjeros, y el diseño y comercialización de paquetes turísticos.

Según refiere el documento, serán estas entidades las encargadas, también, de la contratación de los guías turísticos, el arrendamiento y venta de capacidades aéreas, las gestiones de prórroga de visas, y la comercialización de tarjetas de turista; al tiempo que mediarán en la venta de reservas y servicios en todo tipo de establecimientos de alojamiento; de transportación; de pólizas de seguros (que cubran riesgos derivados de los viajes) y de servicios extrahoteleros.

Igualmente, estipula la Resolución, que serán las únicas autorizadas a vender tarjetas telefónicas, postales, mapas y guías turísticas, así como para ofrecer información y promoción turística; y en lo que a organización de eventos y reuniones internacionales con sede en Cuba se refiere, serán las que confeccionen sus programas, incluyendo la venta de reservaciones de centros y actividades culturales y receptivas, y alquiler de locales.

Por otra parte, estipula que aquellas personas jurídicas o naturales cubanas que presten servicios turísticos y los comercialicen en composición de grupos, circuitos, excursiones u otras modalidades, deben hacerlo a través de las referidas agencias nacionales, salvo estar autorizado a hacerlo de forma directa.

Sobre el actuar de las agencias extranjeras de viajes, explica que estas tienen que contratar todos los servicios a través de las agencias nacionales, excepto las capacidades de alojamiento, las que pueden realizarse de forma directa.

Al respecto explica, también, los requisitos a tener en cuenta para la creación de agencias nacionales de viajes, entre los que destacan la tenencia de un documento legal, que incluya la fundamentación de la solicitud, la descripción de la actividad que pretende realizar la agencia de viajes, el proyecto de estatutos, y un estudio de factibilidad económica, previo a ser aprobado por el Mintur.

 

 

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